top of page

ATT EMITE NORMATIVA PROHIBIENDO LA REVERSIÓN DEL CRÉDITO DE LOS USUARIOS


ATT advierte que ningún operador de Telecomunicaciones puede revertir crédito de usuarios según la ATT-DJ-CIR EXT LP 1 / 2016 emitido el 4 de noviembre del presente año.

Roy Méndez, Director Ejecutivo de la Autoridad de Regulación y Fiscalización de Telecomunicaciones y Transportes (ATT), indicó: “Ningún operador de Telecomunicaciones está autorizado, por norma, a revertir el crédito de los usuarios”, y que esto está respaldado por el citado boletín emitido por la ATT recientemente a todos los operadores en territorio nacional que presta servicios de telecomunicaciones.

Según ese documento, la ATT emite y publica la Circular Externa ATT-DJ-CIR EXT LP 1/2016, el 4 de noviembre de este año, mediante la cual se reitera a los operadores y/o proveedores regulados por esa entidad, que deben dar cumplimiento a lo establecido en la normativa vigente.

Méndez recalcó que los operadores de telecomunicaciones están obligados a proteger a los usuarios por lo que en ningún momento se permite utilizar el nombre del ente regulador para justificar una acción en contra de los usuarios y en ese sentido, Roy Méndez, recomendó a la población reclamar a las Oficina del Consumidor (ODECO) sí las operadoras revierten el monto acumulado de crédito.

Además indicó: “En caso de que el reclamo no hubiera sido resuelto por el operador de telecomunicaciones en los plazos establecidos por ley o no hubiere recibido una respuesta satisfactoria, el usuario puede acudir ante nuestra institución para realizar el reclamo de segunda instancia a través de cualquiera de los mecanismos para esta”, exhortó.

Y finalmente Méndez resalto que la única institución competente para hacer valer los derechos de los usuarios de telecomunicaciones es la ATT, advirtiendo en representación de la entidad reguladora.

banner expo entradas-min.jpg

           Últimas Noticias                                                   

bottom of page